
Cómo impugnar reclamaciones de copyright en YouTube con la Ley 23/1982 y la Corte Constitucional
Tiempo de lectura: 7 min • Actualizado: 20 jul 2025
Si tu canal recibió la clásica advertencia de “contenido protegido” por usar imágenes de la señal oficial del Congreso de la República de Colombia, aquí descubrirás —con base legal y jurisprudencial— por qué sí puedes disputarla y conservar la monetización.
Tabla de contenido
- Marco normativo colombiano
- Jurisprudencia clave de la Corte Constitucional
- Guía paso a paso para impugnar en YouTube
- Modelo de texto listo para pegar
- Conclusiones y buenas prácticas
1 | Marco normativo colombiano
Norma | Punto relevante | Cómo te ayuda |
---|---|---|
Ley 23/82, art. 35 | Permite difundir discursos pronunciados en asambleas deliberantes como noticia de actualidad. (Función Pública) | El discurso de la congresista Lina Garrido encaja aquí. |
Ley 23/82, art. 41 | Autoriza reproducir la Constitución, leyes y actos administrativos sin permiso. (Función Pública) | La instalación del Congreso es un acto oficial cubierto. |
Ley 23/82, art. 27 | Obras cuyo titular sea una entidad oficial solo se protegen 30 años. (Función Pública) | Caracol no puede alegar exclusividad indefinida. |
Arts. 31‑34 y 39 | Excepciones para fines informativos, educativos o de interés público. (Función Pública) | Respaldan el uso en análisis político. |
2 | Jurisprudencia de la Corte Constitucional
Sentencia | Tesis central | Uso en la disputa |
---|---|---|
C‑228/15 | Reitera doctrina de la C‑871/10: el derecho de autor se equilibra con el acceso a la información pública. (Corte Constitucional) | Prioriza la transparencia sobre la exclusiva privada. |
T‑230/20 | La señal de actos oficiales es de dominio público; la ciudadanía tiene derecho a acceder y difundirla. (Corte Constitucional) | |
C‑165/23 | El derecho patrimonial se agota cuando la obra oficial se divulga conforme a la Ley 23/82. (Corte Constitucional) |
3 | Guía paso a paso para impugnar en YouTube
- Localiza la reclamación
YouTube Studio → Contenido → Derechos de autor. - Verifica el fragmento
Confirma que corresponde a la señal oficial (no a un reportaje editado). - Reúne tu base legal
Ten a mano los artículos 27, 35 y 41 de la Ley 23/82 y las sentencias citadas. - Prepara el texto
Copia el modelo del punto 4 y reemplaza los datos en corchetes. - Presenta la disputa
Pulsa “Presentar disputa”, pega el texto y marca la declaración jurada. - Haz seguimiento
YouTube suele responder en ≤ 30 días; si niega, pasa a la fase de apelación formal.
4 | Modelo de texto para la disputa
Yo, [NOMBRE DEL TITULAR DEL CANAL], disputo la reclamación presentada por [el reclamante] sobre mi video “nombre del video”.
1. Contenido de dominio público: el fragmento (07:04‑08:04) proviene de la transmisión oficial del (entidad estatal), acto estatal sujeto a publicidad (art. 41 Ley 23/82).
2. Excepción específica: el discurso parlamentario puede difundirse como noticia de actualidad (art. 35).
3. Imposibilidad de exclusividad privada: las obras estatales solo gozan de 30 años de protección (art. 27); (el reclamante) no es titular.
4. Jurisprudencia constitucional: la Corte ha exigido priorizar el acceso a la información pública (C‑228/15, T‑230/20).
Solicito la anulación de la reclamación y la restauración de la monetización.
Declaro bajo gravedad de juramento que la información es veraz.
5 | Conclusiones y buenas prácticas
- Las transmisiones oficiales son de dominio público o, en todo caso, de protección limitada: ningún canal privado puede monopolizarlas.
- Usar la señal con comentario crítico o análisis político está amparado por la Ley 23/82 y la Constitución.
- Incluye siempre enlaces a fuentes oficiales en la descripción del video: texto de la Ley 23/82 y URL de las sentencias.
- Conserva tus archivos de edición (capturas, proyecto) para demostrar transformación y buena fe.
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