
SL1619-2025: cálculo actuarial y casación laboral — análisis, consideraciones y “RESUELVE”
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia decidió casar una sentencia de segunda instancia por un error metodológico en el cálculo actuarial. Este análisis explica el alcance de la decisión, muestra extractos del acápite de Consideraciones y presenta un bloque RESUELVE (anonimizado) para uso académico y práctico.
¿Qué resolvió la Corte en SL1619-2025?
El eje del litigio fue la metodología para liquidar el cálculo actuarial en un contexto pensional. Mientras el tribunal de segunda instancia avaló un enfoque vinculado a salarios históricos, la Corte Suprema corrigió el rumbo: la regla aplicable —conforme al marco normativo— exige partir del último salario base de liquidación. La decisión casó (revocó) la sentencia del tribunal y ordenó rehacer el análisis bajo este parámetro.
Fragmentos del acápite de “Consideraciones”
“Pese a que el cargo se dirige por la vía de los hechos e incluye la mención de yerros fácticos fundamentados en la indebida valoración de algunas pruebas, lo cierto es que la Sala advierte que el recurrente propone un debate estrictamente jurídico relacionado con la manera de liquidar el cálculo actuarial a su favor. Por tanto, ese será el alcance que se le dará a la acusación.”
“De acuerdo con lo establecido en el parágrafo del artículo 4.º del Decreto 1887 de 1994 (…) el valor de dicho cálculo se determina a partir del ‘último salario base de liquidación’ y, en todo caso, debe estar aprobado a entera satisfacción de la entidad administradora de pensiones.”
Estos fragmentos evidencian dos puntos clave: (i) la controversia, aunque presentada por la vía fáctica, es esencialmente jurídica —de interpretación normativa—, y (ii) la regla de liquidación del cálculo actuarial remite al último salario base, no a promedios históricos. Esto evita que errores metodológicos trasladen cargas indebidas al trabajador, y armoniza la dogmática laboral con la finalidad del sistema pensional.
Implicaciones prácticas
- Trabajadores y pensionados: si el cálculo actuarial se construyó con bases contrarias a la ley, hay sustento para impugnarlo y exigir nueva liquidación.
- Empleadores y pagadores: la metodología debe ajustarse a los parámetros normativos; desaciertos en la base salarial pueden generar condenas relevantes.
- Abogados litigantes: la casación es idónea para corregir enfoques errados cuando el problema es de interpretación normativa y afecta derechos sustantivos.
RESUELVE (anonimizado)
Nota: A continuación se presenta un extracto del resolutivo adaptado sin nombres de personas ni empresas, para fines académicos y de guía.
PRIMERO: Se modifican parcialmente los numerales de la decisión de primera instancia para declarar que:
- La obligación principal de pagar el cálculo actuarial determinado por la administradora de pensiones recae en la entidad vocera y administradora del correspondiente patrimonio autónomo, con cargo a dicho patrimonio.
- En forma subsidiaria, recae en la entidad administradora de un fondo sectorial, con cargo a los recursos de ese fondo.
El período de cotizaciones a cubrir corresponde a lapsos específicamente delimitados dentro de los años involucrados en el proceso, y el cálculo debe efectuarse con fundamento en el último salario base de cotización, conforme a los términos del Decreto 1887 de 1994.
Se precisa que la persona demandante no debe asumir cuota parte alguna ni reembolsar suma por este concepto a las entidades obligadas.
En lo demás, la sentencia se confirma.
Cómo aprovechar este precedente
Para litigar con eficacia, estructura una línea de tiempo clara (vínculo laboral, aportes, terminación, tránsito al sistema, requerimientos) e identifica la base salarial utilizada por la contraparte. Contrasta con el estándar del último salario base de liquidación y cuantifica el perjuicio derivado de la metodología errada. Si lo que falló fue la interpretación normativa, enfoca los cargos en la vía jurídica y respáldalos con doctrina aplicable.
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