Modelo gratuito para archivo de comparendo por fotodetección por notificación extemporánea
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Last Updated on 12 de octubre de 2025 by Grupo valencia

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Modelo gratuito para ARCHIVO de comparendo por fotodetección (notificación extemporánea) | https://minutasycontratoscolombia.com

Modelo gratuito para archivo de comparendo por fotodetección por notificación extemporánea

Actualizado hoy • Autor: Minutas y Contratos Colombia GRATIS

¿Te llegó un comparendo por fotodetección y descubres que la notificación fue extemporánea? Aquí puedes descargar un modelo gratuito listo para solicitar el ARCHIVO del comparendo por violación del debido proceso, con base en el art. 8 de la Ley 1843 de 2017, el CPACA y la jurisprudencia que eliminó la “responsabilidad automática” del propietario (C-038 de 2020). Este contenido está optimizado para buscadores (RankMath/SEO) y pensado para que lo completes en minutos.

Descarga inmediata del modelo gratuito (100% GRATIS)

Haz clic para obtener el archivo en formato Word. Sin registros obligatorios.

📥 Descargar modelo gratuito

Este modelo gratuito incluye campos editables para número de comparendo, fecha de infracción, entidad de tránsito y pruebas.

¿Qué resuelve este modelo gratuito?

  • Argumenta la ineficacia de la notificación cuando no se realiza dentro de los 3 días hábiles siguientes a la validación (Ley 1843/2017).
  • Invoca la C-038/2020 para evitar sanciones por mera titularidad del vehículo si no identificaron al conductor.
  • Exige prueba técnica (metrología, señalización, cadena de custodia) antes de sancionar.
  • Incluye, en subsidio, recurso de reposición y apelación si ya hay resolución sancionatoria.

Cómo usar el modelo paso a paso

  1. Descarga el modelo gratuito y abre el documento en Word.
  2. Completa tus datos (nombre, cédula, correo, placa) y el número de comparendo.
  3. Anexa pruebas: pantallazos del RUNT, guías postales (si existen), fotos del punto y señalización.
  4. Radica por PQRS en la Secretaría de Movilidad correspondiente o en ventanilla única.
  5. Conserva el número de radicado y descarga la constancia en PDF.

Ventajas de este modelo gratuito

A diferencia de formatos genéricos, esta plantilla está enfocada en la frase clave “modelo gratuito archivo comparendo fotodetección notificación extemporánea” y trae la estructura jurídica correcta para defender tu derecho. Es ideal para quienes requieren una solicitud de archivo bien sustentada y lista para usar. Además, podrás convertirla en recurso si la entidad ya te expidió resolución sancionatoria.

¿Necesitas asesoría?

Si quieres acompañamiento profesional para tu caso, escríbenos por WhatsApp o correo. Pero recuerda: el modelo sigue siendo completamente GRATUITO y puedes descargarlo sin costo.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si la notificación fue por aviso meses después?

La autoridad debe demostrar validación oportuna y envío dentro de 3 días hábiles. Si no lo acredita, puedes pedir el archivo.

¿Sirve si no identificaron al conductor?

Sí. Tras la C-038/2020 no hay sanción automática al propietario sin identificar al conductor o sin diligencias serias para lograrlo.

¿Y si ya iniciaron cobro coactivo?

Puedes usar el modelo para pedir nulidad/archivo y, si hay perjuicio inminente, evaluar medidas cautelares o tutela como mecanismo transitorio.

Modelo gratuito archivo comparendo fotodetección

© MinutasyContratosColombia – Educación jurídica práctica. Reutiliza este modelo gratuito citando la fuente.

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Que ha dicho la justicia en casos similares:

⚖️ 1. Sentencia T-051 de 2016 – Corte Constitucional

Tema: Vulneración del debido proceso por notificación irregular en comparendo por fotodetección

Hechos del caso:
Un ciudadano fue sancionado por una infracción de tránsito detectada mediante sistema de fotodetección. La autoridad de tránsito no notificó el comparendo dentro del término legal y, cuando lo hizo, el ciudadano ya no tenía la oportunidad efectiva de ejercer su derecho de defensa ni de presentar descargos. Al no recibir la notificación oportuna, el sancionado presentó acción de tutela alegando violación al debido proceso.

Decisión:
La Corte Constitucional tuteló los derechos fundamentales al debido proceso y defensa, ordenando dejar sin efectos el comparendo y la sanción impuesta.
El Tribunal sostuvo que la notificación oportuna, completa y fehaciente es un requisito esencial del proceso sancionatorio. Cuando la autoridad no demuestra haber cumplido con ese deber dentro del término legal, la actuación se torna inválida.

Criterio jurídico clave:

“La notificación de los actos administrativos sancionatorios no es un simple trámite, sino una condición indispensable para la eficacia del acto y la garantía del derecho de defensa. Su omisión o realización tardía constituye una violación del debido proceso.”

Aplicación práctica en tu modelo: Si el comparendo no fue notificado dentro de los 3 días hábiles posteriores a la validación, puedes solicitar el archivo del proceso invocando esta jurisprudencia.


⚖️ 2. Sentencia C-038 de 2020 – Corte Constitucional

Tema: Inconstitucionalidad de la “responsabilidad solidaria automática” del propietario del vehículo

Hechos del caso:
Varias demandas de inconstitucionalidad fueron presentadas contra el parágrafo 1° del artículo 8 de la Ley 1843 de 2017, que establecía que el propietario del vehículo era solidariamente responsable de las infracciones captadas por sistemas automáticos, sin necesidad de identificar al conductor.
Los demandantes alegaron que dicha norma violaba el debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho de defensa.

Decisión:
La Corte declaró inexequible el parágrafo 1°, eliminando la responsabilidad automática del propietario. Señaló que la imposición de sanciones debe dirigirse a quien efectivamente cometió la infracción, y que la autoridad está obligada a agotar diligencias razonables para identificar al conductor.

Criterio jurídico clave:

“No es constitucionalmente admisible presumir que el propietario del vehículo es responsable de la infracción. La sanción debe recaer sobre quien realizó la conducta infractora, garantizando su derecho de defensa y contradicción.”

Aplicación práctica en tu modelo: Si el comparendo fue impuesto sin identificar al conductor y sin que la autoridad demuestre las gestiones para lograrlo, puedes alegar que la sanción carece de validez.


⚖️ 3. Jurisprudencia reiterada del Consejo de Estado y Corte Constitucional – Control técnico y prueba idónea

Tema: Validez técnica y legal de la evidencia en fotodetecciones

Contexto:
En múltiples fallos (por ejemplo, Consejo de Estado, Sección Primera, Rad. 11001-03-24-000-2018-00254-00, y sentencias de tutela de la Corte Constitucional), los jueces han sostenido que la prueba obtenida por sistemas automáticos de tránsito no es por sí sola suficiente para imponer una sanción.
Se requiere que la autoridad acredite la validez del equipo (certificaciones de metrología), la legalidad de la señalización en el sitio y la cadena de custodia de la evidencia.

Decisión:
Cuando no se cumplen estos requisitos, la sanción se considera carente de soporte probatorio válido y debe ser anulada o archivada.

Criterio jurídico clave:

“La prueba captada por sistemas automáticos de tránsito debe cumplir con estándares técnicos, legales y probatorios. La ausencia de certificación, señalización o trazabilidad convierte la sanción en una decisión arbitraria y violatoria del debido proceso.”

Aplicación práctica en tu modelo: Puedes solicitar copia de la certificación del cinemómetro, señalización vigente y demás pruebas técnicas; si no existen o son extemporáneas, el comparendo puede ser declarado nulo o ineficaz.


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