Juicio Político en Colombia: Análisis
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Juicio Político en Colombia: Análisis

Cabe destacar que en Colombia un juicio político requiere de un proceso complejo que inicia en la Comisión de Acusación, seguido de votaciones en la Cámara de Representantes y el Senado, con la necesidad de alcanzar mayorías cualificadas para proceder​ (Yahoo Finanzas)​. 

“Corresponde al Senado conocer de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el Presidente de la República o quien haga sus veces; contra los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General de la Nación, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos. En este caso, conocerá por hechos u omisiones ocurridos en el desempeño de los mismos”. (Art. 174 CP)

El escenario político actual, incluyendo la composición de la Comisión de Acusación y las dinámicas en el Congreso, juega un rol crucial en la viabilidad de un juicio político​ (www.elcolombiano.com)​​ (Razón Pública)​.

Es importante mencionar que hasta la fecha, ningún presidente en Colombia ha sido sometido exitosamente a un juicio político. (Yahoo Finanzas)​​ (RCN Radio)​.

Para que proceda un juicio político en Colombia contra un presidente, es necesario demostrar que el presidente ha incurrido en conductas tipificadas en la ley como causales de mala conducta.

Mala conducta

Se entiende que la mala conducta incluye violaciones de la Constitución o las leyes, actos de corrupción, abuso de poder, y cualquier otra acción que falte a los deberes de un servidor público de manera grave. Para casos específicos, como los de altos funcionarios, la interpretación de “mala conducta” puede estar influenciada por la jurisprudencia y el contexto particular de las acusaciones.

En Colombia, la consecuencia de ser declarado por el Congreso como haber cometido un acto de mala conducta, específicamente para altos funcionarios como el Presidente, puede incluir la destitución del cargo y la inhabilidad para ocupar cargos públicos. Este proceso, se itera, se da a través de un juicio político, el cual es un mecanismo de control político que permite al Congreso investigar y eventualmente sancionar conductas consideradas graves. La destitución e inhabilidad buscan asegurar la responsabilidad de los servidores públicos ante la sociedad y el estado de derecho.

2. Si la acusación se refiere a delitos cometidos en ejercicio de funciones, o a indignidad por mala conducta, el Senado no podrá imponer otra pena que la de destitución del empleo, o la privación temporal o pérdida absoluta de los derechos políticos; pero al reo se le seguirá juicio criminal ante la Corte Suprema de Justicia, si los hechos lo constituyen responsable de infracción que merezca otra pena.” (Art. 175 nral. 2 C.P.)

Asamblea Nacional Constituyente del presidente Gustavo Petro

La propuesta de Asamblea Nacional Constituyente del presidente Gustavo Petro ha generado amplio debate en Colombia, con diversas interpretaciones sobre sus objetivos por parte de analistas y opositores. Petro ha rechazado las especulaciones sobre que busca la reelección a través de la constituyente, argumentando que su interés reside en profundizar el Estado social de derecho y que la Constitución de 1991 ya prevé este proceso como una base de la soberanía popular​ (Semana)​.

Sin embargo, opositores como Germán Vargas Lleras han expresado preocupaciones de que el verdadero fin de la constituyente sea permitir a Petro aferrarse al poder y buscar la reelección, una acusación que el presidente ha negado categóricamente, recordando las posturas previas de Vargas Lleras a favor de la reelección y destacando su propio desinterés en perpetuarse en el cargo​ (Semana)​.

Para llevar a cabo una Asamblea Nacional Constituyente, es necesario que tanto el Senado como la Cámara de Representantes aprueben una ley convocando a elecciones para que los ciudadanos decidan directamente sobre este mecanismo democrático. A pesar de la oposición en el Congreso, Petro ha planteado una “Constituyente Populara través de Juntas de Acción Comunal, buscando evitar inicialmente la necesidad de pasar por el Congreso.

No obstante, expertos como Yann Basset, profesor de ciencias políticas, han clarificado que cualquier convocatoria a una Asamblea Constituyente sin el aval del Congreso sería anticonstitucional y rechazada por la Corte Constitucional, ya que los procedimientos están definidos claramente en la Constitución de 1991​ (Valora Analitik)​.

Para el éxito en un juicio político

Para los promotores de un juicio político, especialmente en el contexto colombiano, hay varios factores clave que deben tenerse en cuenta para aumentar las probabilidades de éxito en su empeño. Estos incluyen aspectos legales, políticos, y estratégicos:

  • Fundamentación Legal Sólida: El éxito de un juicio político depende en gran medida de la solidez de la fundamentación legal de las acusaciones. Es crucial demostrar, con evidencias concretas, que el presidente ha incurrido en alguna de las conductas tipificadas legalmente como causales para un juicio político, tales como violación de la Constitución, actos de corrupción, entre otros.
  • Apoyo Político Transversal: Dado que el proceso de juicio político es intrínsecamente político y requiere de votaciones en la Cámara de Representantes y el Senado, es esencial buscar y consolidar un apoyo transversal que trascienda las divisiones partidistas. Esto implica convencer no solo a los opositores habituales del gobierno, sino también a aquellos indecisos o incluso a algunos aliados moderados del presidente, basándose en los méritos legales y éticos del caso.
  • Estrategia de Comunicación Efectiva: La opinión pública juega un papel crucial en el desarrollo de un juicio político. Una estrategia de comunicación efectiva que logre explicar de manera clara y concisa las razones detrás del juicio político, las evidencias que lo sustentan, y la importancia de este para el estado de derecho y la democracia en Colombia, es fundamental. Esto incluye el uso de medios de comunicación tradicionales y redes sociales para alcanzar y movilizar a la ciudadanía.
  • Gestión de Expectativas: Es importante manejar las expectativas de la ciudadanía y de los actores políticos involucrados, siendo transparentes sobre los tiempos, los posibles obstáculos y los desenlaces realistas del proceso. Un juicio político es un procedimiento largo y complejo, cuyo resultado no puede garantizarse de antemano.
  • Preparación para el Escrutinio: Los promotores del juicio político deben estar preparados para un intenso escrutinio, tanto legal como mediático, de las acusaciones que presentan. Esto incluye tener una base de evidencia robusta y estar listos para defenderla públicamente en diversos foros.
  • Alianzas Estratégicas: Forjar alianzas con organizaciones civiles, grupos de interés y figuras públicas que puedan amplificar el mensaje y aportar credibilidad al proceso es clave. La capacidad de unir a diferentes sectores de la sociedad en torno al juicio político puede ser determinante para su avance y eventual éxito.
  • Análisis del Contexto Político y Social: Entender el contexto político y social en el que se desarrolla el juicio político permite adaptar las estrategias a las circunstancias cambiantes. Esto incluye el monitoreo de la opinión pública, las dinámicas dentro del Congreso, y las acciones del gobierno, para identificar momentos oportunos y posibles retos.
  • Preparación para el Post-Juicio: Incluso con un resultado exitoso, es importante prepararse para las consecuencias políticas y sociales posteriores al juicio político. Esto incluye tener planes claros para la transición, la gobernabilidad y la estabilidad del país, asegurando que el proceso contribuya a fortalecer las instituciones democráticas y el estado de derecho.

En resumen, para los promotores de un juicio político, la clave del éxito reside no solo en la solidez de sus argumentos legales sino también en una gestión estratégica de los aspectos políticos, comunicacionales y sociales que rodean este proceso.

Normas constitucionales relacionadas

ARTICULO 2o. {fines esenciales del Estado}
“Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares”
.

ARTÍCULO 3o. {La soberanía reside exclusivamente en el pueblo}
“La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece“.

ARTÍCULO 4o. {La Constitución es norma de normas}
“La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales”.

ARTÍCULO 6o. {responsabilidad de particulares y servidores públicos}
Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones”.

ARTÍCULO 13. {las personas nacen libres e iguales ante la ley}
“Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.

El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan“.

ARTÍCULO 20. {libertad de expresar}
Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.
Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura
“.

ARTÍCULO 22A. {prohibición, grupos civiles armados organizados con fines ilegales}

Como una garantía de No Repetición y con el fin de contribuir a asegurar el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del Estado, y en particular de la Fuerza Pública, en todo el territorio, se prohíbe la creación, promoción, instigación, organización, instrucción, apoyo, tolerancia, encubrimiento o favorecimiento, financiación o empleo oficial y/o privado de grupos civiles armados organizados con fines ilegales de cualquier tipo, incluyendo los denominados autodefensas, paramilitares, así como sus redes de apoyo, estructuras o prácticas, grupos de seguridad con fines ilegales u otras denominaciones equivalentes. La ley regulará los tipos penales relacionados con estas conductas, así como las sanciones disciplinarias y administrativas correspondientes.”

-Análisis fundamentado en fuentes noticiosas, la constitución y la ley colombiana.-

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-“Hasta el 10 de abril de 2024, el Gobierno de Gustavo Petro en Colombia ha intervenido varias EPS. Entre las más recientes se encuentran Sanitas y Nueva EPS, destacando además las intervenciones a Salud Savia, Asmet Salud, Emssanar, y Famisanar”. (RCN Noticias)​​ (Yahoo Finanzas)​

.”La oposición en Colombia ha expresado fuertes críticas contra las intervenciones de EPS por el gobierno de Gustavo Petro. María Fernanda Cabal, senadora del Centro Democrático, ha calificado la intervención de la EPS Sanitas como “socialismo puro” y ha expresado su preocupación por lo que considera una expropiación indirecta, argumentando que estas acciones generarían incertidumbre entre los millones de afiliados a Sanitas y eventualmente conducirían a un control total del estado sobre el sistema de salud, comparando la situación con la de Cuba y Venezuela. Cabal ha llamado a la ciudadanía a manifestarse en contra de estas medidas del gobierno​. (infobae)​

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