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La inhibición en acciones de constitucionalidad en Colombia se refiere a la abstención de la Corte Constitucional de pronunciarse sobre el fondo de una demanda presentada por un ciudadano o entidad que considera que una norma es inconstitucional.

👀Corte decidió inhibirse para el estudio de fondo de la paz total

La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió no pronunciarse de fondo en la demanda presentada contra la Ley 2272 de 2022 (Arts. 2, parcial, 12 y 18) por ineptitud sustantiva de la demanda. La Sala concluyó que ninguno de los cargos formulados cumplía con los requisitos exigidos y se declaró inhibida.

Las magistradas Natalia Ángel Cabo y Diana Fajardo Rivera se reservaron la posibilidad de presentar una aclaración de voto. Por su parte, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar se apartó de la posición mayoritaria y salvó su voto, pues consideró que la demanda sí tiene aptitud sustancial para ser fallada de mérito.

👀Magistrado Jorge Enrique Ibañez no estuvo de acuerdo con la inhibición – razones

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar en relación con la demanda D-15040. El magistrado Ibáñez Najar decidió apartarse de la posición mayoritaria y salvó su voto, argumentando que la demanda sí tiene aptitud sustancial para ser fallada de mérito. En cuanto a los cargos atinentes al proceso de formación de las normas demandadas, el magistrado considera que la demanda cumple con los estándares exigibles, ya que indica cuál es el procedimiento que debería haberse seguido y cómo este procedimiento fue desconocido por el Congreso.

En cuanto al cargo sustancial, planteado en contra de las normas enunciadas en los dos últimos incisos del numeral (ii) del literal c del artículo 2° de la Ley 2272 de 2022, la demanda señaló como parámetro de juzgamiento el Acto Legislativo 01 de 2017. Según las palabras del actor, otorgar beneficios de justicia transicional a estos individuos, supone “un sacrificio en términos de justicia [que] no se ve compensado con un incremento en la satisfacción de otros derechos de las víctimas.”

El magistrado Ibáñez señaló que la Corte ha debido decidir de fondo en este caso, declarando la no prosperidad del cargo por la presunta violación de los principios de consecutividad e identidad flexible en relación con los artículos 2 y 12 como lo propuso a la Sala y declarar la inexequibilidad de las restantes normas demandadas.

📌La inhibición puede ser por razones formales o sustantivas.

En el caso de las razones formales, la Corte se inhibe cuando la demanda no cumple con los requisitos legales para ser admitida.

En el caso de las razones sustantivas, la Corte se inhibe cuando considera que la demanda no tiene fundamento constitucional o que no existe una contradicción real entre la norma demandada y la Constitución.

La Corte Constitucional ha emitido varias sentencias relacionadas con la inhibición en acciones de constitucionalidad. Por ejemplo, en la Sentencia C-189/17, la Corte se inhibió de pronunciarse sobre el fondo de una demanda presentada contra una disposición legal debido a la falta de especificidad y certeza en los cargos e indebida interpretación de la disposición acusada .

Si deseas obtener más información sobre este tema, te recomiendo visitar los siguientes enlaces:

✍¿Algunos casos en los que la Corte también se ha inhibido?

algunos ejemplos de casos en los que la Corte Constitucional se ha inhibido:

🔎¿Qué es el control constitucional y por qué es importante?

El control constitucional es el conjunto de recursos jurídicos diseñados para verificar la correspondencia entre los actos emitidos por quienes decretan el poder y la Constitución, anulándolos cuando aquellos quebranten los principios constitucionales 12.

Es decir, es un recurso jurídico que permite anular los actos emitidos por quienes decretan el poder cuando estos quebranten los principios constitucionales. El control de constitucionalidad se realiza mediante un procedimiento de revisión de los actos de autoridad, incluyendo normas generales, y en caso de contradicción con la Constitución se procede a la invalidación de las normas de rango inferior que no hayan sido hechas en conformidad con aquellas 12.

Es importante porque permite asegurar el cumplimiento de las normas constitucionales y garantizar la supremacía constitucional 2Además, es una herramienta fundamental para el equilibrio de poderes y una garantía para los derechos fundamentales 2.

📝cómo puedo presentar una acción de constitucionalidad?

La acción de constitucionalidad es un recurso jurídico que permite a cualquier ciudadano presentar una demanda ante la Corte Constitucional para que se declare la inconstitucionalidad de una norma 12Para presentar una acción de constitucionalidad en Colombia, cualquier ciudadano puede hacerlo sin necesidad de ser profesional o tener una preparación especial 3.

Para presentar una acción de constitucionalidad en Colombia, se debe seguir el procedimiento establecido por la Corte Constitucional. La demanda debe ser presentada por escrito y debe contener los siguientes elementos: (i) la norma que se considera inconstitucional; (ii) las razones por las cuales se considera que la norma es inconstitucional; (iii) el concepto de violación de la Constitución; y (iv) la solicitud de declaratoria de inexequibilidad 123.

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¿Qué significa “inhibición” en acciones de constitucionalidad en Colombia? 🤔

La inhibición en acciones de constitucionalidad en Colombia se refiere a la abstención de la Corte Constitucional de pronunciarse sobre el fondo de una demanda presentada por un ciudadano o entidad que considera que una norma es inconstitucional.

👀Corte decidió inhibirse para el estudio de fondo de la paz total

La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió no pronunciarse de fondo en la demanda presentada contra la Ley 2272 de 2022 (Arts. 2, parcial, 12 y 18) por ineptitud sustantiva de la demanda. La Sala concluyó que ninguno de los cargos formulados cumplía con los requisitos exigidos y se declaró inhibida.

Las magistradas Natalia Ángel Cabo y Diana Fajardo Rivera se reservaron la posibilidad de presentar una aclaración de voto. Por su parte, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar se apartó de la posición mayoritaria y salvó su voto, pues consideró que la demanda sí tiene aptitud sustancial para ser fallada de mérito.

👀Magistrado Jorge Enrique Ibañez no estuvo de acuerdo con la inhibición – razones

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar en relación con la demanda D-15040. El magistrado Ibáñez Najar decidió apartarse de la posición mayoritaria y salvó su voto, argumentando que la demanda sí tiene aptitud sustancial para ser fallada de mérito. En cuanto a los cargos atinentes al proceso de formación de las normas demandadas, el magistrado considera que la demanda cumple con los estándares exigibles, ya que indica cuál es el procedimiento que debería haberse seguido y cómo este procedimiento fue desconocido por el Congreso.

En cuanto al cargo sustancial, planteado en contra de las normas enunciadas en los dos últimos incisos del numeral (ii) del literal c del artículo 2° de la Ley 2272 de 2022, la demanda señaló como parámetro de juzgamiento el Acto Legislativo 01 de 2017. Según las palabras del actor, otorgar beneficios de justicia transicional a estos individuos, supone “un sacrificio en términos de justicia [que] no se ve compensado con un incremento en la satisfacción de otros derechos de las víctimas.” El magistrado Ibáñez señaló que la Corte ha debido decidir de fondo en este caso, declarando la no prosperidad del cargo por la presunta violación de los principios de consecutividad e identidad flexible en relación con los artículos 2 y 12 como lo propuso a la Sala y declarar la inexequibilidad de las restantes normas demandadas.

📌La inhibición puede ser por razones formales o sustantivas.

En el caso de las razones formales, la Corte se inhibe cuando la demanda no cumple con los requisitos legales para ser admitida.

En el caso de las razones sustantivas, la Corte se inhibe cuando considera que la demanda no tiene fundamento constitucional o que no existe una contradicción real entre la norma demandada y la Constitución.

La Corte Constitucional ha emitido varias sentencias relacionadas con la inhibición en acciones de constitucionalidad. Por ejemplo, en la Sentencia C-189/17, la Corte se inhibió de pronunciarse sobre el fondo de una demanda presentada contra una disposición legal debido a la falta de especificidad y certeza en los cargos e indebida interpretación de la disposición acusada .

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✍¿Algunos casos en los que la Corte también se ha inhibido?

algunos ejemplos de casos en los que la Corte Constitucional se ha inhibido:

🔎¿Qué es el control constitucional y por qué es importante?

El control constitucional es el conjunto de recursos jurídicos diseñados para verificar la correspondencia entre los actos emitidos por quienes decretan el poder y la Constitución, anulándolos cuando aquellos quebranten los principios constitucionales 12. Es decir, es un recurso jurídico que permite anular los actos emitidos por quienes decretan el poder cuando estos quebranten los principios constitucionales. El control de constitucionalidad se realiza mediante un procedimiento de revisión de los actos de autoridad, incluyendo normas generales, y en caso de contradicción con la Constitución se procede a la invalidación de las normas de rango inferior que no hayan sido hechas en conformidad con aquellas 12.

Es importante porque permite asegurar el cumplimiento de las normas constitucionales y garantizar la supremacía constitucional 2Además, es una herramienta fundamental para el equilibrio de poderes y una garantía para los derechos fundamentales 2.

📝cómo puedo presentar una acción de constitucionalidad?

La acción de constitucionalidad es un recurso jurídico que permite a cualquier ciudadano presentar una demanda ante la Corte Constitucional para que se declare la inconstitucionalidad de una norma 12Para presentar una acción de constitucionalidad en Colombia, cualquier ciudadano puede hacerlo sin necesidad de ser profesional o tener una preparación especial 3.

Para presentar una acción de constitucionalidad en Colombia, se debe seguir el procedimiento establecido por la Corte Constitucional. La demanda debe ser presentada por escrito y debe contener los siguientes elementos: (i) la norma que se considera inconstitucional; (ii) las razones por las cuales se considera que la norma es inconstitucional; (iii) el concepto de violación de la Constitución; y (iv) la solicitud de declaratoria de inexequibilidad 123.

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