Es mejor un pagaré o una letra de cambio?
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Dr. Alex Valencia

Publicado Junio 22 de 2022

Es mejor un pagaré o una letra de cambio es una de las preguntas más básicas en el mundo del comercio y los negocios en general.

Si estás pensando en si es mejor un pagaré o una letra de cambio, tal vez estés prestando un dinero o negociando un bien.


Semejanzas
Tanto la letra de cambio como el pagaré, son títulos valor y sin ser muy técnicos tienen el mismo valor jurídico.
Ambos significan un instrumento de pago, pero ojo, no son una garantía como las personas piensan, por lo que si no te pagan dicho dinero, no quiere decir que ya el dinero está garantizado.

Un título valor letra o pagaré aunque jurídicamente prestan merito ejecutivo en caso de vencimiento y mora en el pago de su importe, sin garantía es arriesgar a tan solo firmar un papel.

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Desde el código de comercio
De acuerdo al Código de Comercio artículo 621 los títulos valores como la letra y el pagaré deben reunir los siguientes requisitos:


1) La mención del derecho que en el título se incorpora, y
2) La firma de quién lo crea.
La firma podrá sustituirse, bajo la responsabilidad del creador del título, por un signo o contraseña que puede ser mecánicamente impuesto.
Si no se menciona el lugar de cumplimiento o ejercicio del derecho, lo será el del domicilio del creador del título; y si tuviere varios, entre ellos podrá elegir el tenedor, quien tendrá igualmente derecho de elección si el título señala varios lugares de cumplimiento o de ejercicio. Sin embargo, cuando el título sea representativo de mercaderías, también podrá ejercerse la acción derivada del mismo en el lugar en que éstas deban ser entregadas.
Si no se menciona la fecha y el lugar de creación del título se tendrán como tales la fecha y el lugar de su entrega.


El pagaré adicionalmente debe establecer conforme al 709 del Código de Comercio los siguientes:
1o) La promesa incondicional de pagar una suma determinante de dinero;
2o) El nombre de la persona a quien deba hacerse el pago;
3o) La indicación de ser pagadero a la orden o al portador, y
4o) La forma de vencimiento.


Normas aplicables al pagaré
De conformidad con el artículo 711 del Código de Comercio, serán aplicables al pagaré en lo conducente, las disposiciones relativas a la letra de cambio.
Es decir, que lo que no regule la norma especial del pagaré debe suplirse con las normas que regulan la letra de cambio.


Diferencias
En la letra de cambio pueden actuar tres personas y en el pagaré solo se establece el compromiso de pago entre dos personas.


La letra de cambio es un título valor que se usa en préstamos entre personas y que presta mérito ejecutivo, en el que se extiende la orden de pagar al aceptante o girado de la letra (deudor), un determinado valor en plazo determinado en favor del beneficiario o girador.


Y el pagaré es u título valor que establece la existencia de una deuda y las condiciones en las que será pagada.


Para que sirve saber esto
Supóngase usted que está negociando un automóvil en 50 millones y le van a pagar 30 millones de manera inicial y los restantes en título valor (letra de cambio o pagaré). Es aquí donde usted se preguntará si suscribir una letra de cambio o un pagaré para obtener el resto del dinero.


Consejo
Si quieres un consejo real, te diremos que lo más importante no es uno de estos dos instrumentos, sino que debes pensar en la garantía que puede haber tras estos dos títulos valores.


Un título valor letra o pagaré aunque jurídicamente prestan merito ejecutivo en caso de vencimiento y mora en el pago de su importe, sin garantía es arriesgar a tan solo firmar un papel.
Lo ideal es atar el título valor letra o pagaré a una garantía como la prenda o la hipoteca.

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