Exequatur en Colombia de Sentencia de adopción proferida en Canadá
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Exequatur en Colombia de Sentencia de adopción proferida en Canadá

Recientemente consultamos al abogado experto en exequatur en Colombia Dr Alex Valencia, sobre si es posible hacer valer una sentencia de adopción de menor de edad proferida en Canadá, toda vez que se trata de un tema sensible como es el asunto de menores, además teniendo en cuenta que en Colombia no a todas las sentencias extranjeras se les concede el Exequatur por parte de la Corte Suprema.

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Continúa explicándonos el experto, que existe reciprocidad legislativa entre Colombia y Canadá Provincia de Quebec, allí la ley reconoce efectos a las providencias proferidas en el extranjero, incluyendo la adopción.

El Dr Alex Valencia nos explica que muchas veces no se concede el Exequatur de las sentencias extranjeras por razón del desconocimiento en la presentación de la demanda, la recaudación de pruebas y el desconocimiento del abogado contratado. “El proceso de exequatur es eminentemente formalista y si no se cumple con su formalidad, estos procesos no salen adelante”

¿Existe antecedentes de Exequatur de sentencias de adopción proferidas en Canadá?

Sí. Recientemente la Corte Suprema de Justicia de Colombia concedió exequatur de sentencia de adopción de menor de edad, proferida por la Corte de Quebec – Canadá -Provincia de Quebec, Distrito de Gatineau, Localidad Gatineau, Cámara de la Juventud

El Caso

La situación en estudio correspondió a una adopción nacional en Canadá en los términos del Código Civil de ese país, en el cual se domiciliaron la madre biológica y su hija con anterioridad.

Al no estar dados los requerimientos para tenerla como «adopción internacional», el «Convenio relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional», aprobado en Colombia por Ley 265 de 1996 no tiene incidencia para los fines de esta determinación.

Esta decisión reciente que concedió Exequatur de Sentencia de Adopción proferida por la Corte de Quebec – Canadá, fue emitida el pasado 25 de agosto de 2021 por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de Colombia.

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