El despido con justa causa no requiere un proceso disciplinario completo
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El despido con justa causa no requiere un proceso disciplinario completo y detallado, equiparable a una sanción disciplinaria

*”el despido con justa causa no debe considerarse una sanción disciplinaria y, por lo tanto, no requiere necesariamente de un procedimiento disciplinario previo, salvo que este haya sido específicamente pactado en el reglamento interno de la empresa o en el contrato individual de trabajo”*

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Contenido

El despido no requiere un proceso disciplinario completo y detallado, equiparable a una sanción disciplinaria. 1

Introducción. 1

Contexto del Caso. 1

Antecedentes. 2

– Despido del Trabajador: 2

– Derechos del Trabajador: 2

Decisión del Juez de Primera Instancia. 2

Decisión del Tribunal Superior 3

Análisis de la Sala de Casación Laboral 3

– Debido Proceso y Derecho de Defensa: 3

– Error del Tribunal Inferior: 4

– Análisis de Pruebas: 4

Posición de la Corte Suprema sobre el Cumplimiento del Derecho de Defensa. 4

1-Citación a Descargos: 5

2. Oportunidad de Presentar Pruebas: 5

3. Acceso a la Información Relevante: 5

4. Notificación de los Resultados: 5

Diferencia en la Terminación entre Empleados de Empresa Privada y del Sector Oficial 5

– Sector Privado: 6

– Sector Oficial: 6

Conclusiones de la Sentencia. 6

1. Despido con Justa Causa: 7

2. Cumplimiento del Procedimiento Disciplinario: 7

3. Revocación de la Sentencia: 7

Recomendaciones. 7

1.     Revisión de Reglamentos Internos: 8

2-Capacitación de Recursos Humanos: 8

3-Documentación Clara y Transparente: 8

4. Asesoría Jurídica Preventiva: 8

5. Políticas de Comunicación Interna: 9

Introducción

La sentencia SL1861-2024, emitida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia de Colombia, responde al recurso de casación interpuesto por un trabajador despedido de una entidad financiera. La disputa central está relacionada con el debido proceso en el despido del trabajador y si este despido se ajustó a las normativas legales que regulan las terminaciones de contrato por justa causa. Esta situación implica analizar no solo los derechos del trabajador en cuanto a la notificación y oportunidad de defensa, sino también la actuación del empleador y si las acciones tomadas fueron acordes con la normativa laboral vigente en Colombia. El caso revela una serie de puntos de conflicto en el entendimiento de lo que constituye una sanción disciplinaria versus un despido justificado y cómo deben llevarse a cabo estos procedimientos en el ámbito laboral.

Contexto del Caso

El demandante solicitó su reintegro al cargo que desempeñaba y el pago de salarios y prestaciones, alegando que su despido fue llevado a cabo sin respetar el debido proceso. El trabajador había laborado para la entidad financiera desde el 23 de abril de 2007 hasta el 7 de septiembre de 2015, cuando fue despedido por incumplimiento de sus funciones y pérdida de confianza. La razón específica fue una supuesta negligencia en la gestión de una carta de crédito que resultó en una significativa pérdida económica para el banco. Según el demandante, el empleador no le notificó de manera clara los cargos en su contra ni le brindó la oportunidad adecuada de presentar pruebas o refutar las alegaciones, lo cual considera una violación a su derecho de defensa consagrado en el ordenamiento jurídico colombiano.

Antecedentes

– Funciones del Trabajador: Dentro de sus responsabilidades, el trabajador debía revisar la documentación relacionada con la emisión y gestión de cartas de crédito, asegurándose de que todas las condiciones establecidas se cumplieran adecuadamente. Esta función incluía verificar el cumplimiento de las condiciones pactadas con los clientes y asegurar que todas las operaciones financieras se realizaran conforme a los procedimientos internos.

– Despido del Trabajador:

El banco justificó la terminación del contrato argumentando que el trabajador había incurrido en negligencia al gestionar una carta de crédito, lo cual generó una pérdida financiera de aproximadamente 100.000 euros. El banco también alegó que hubo una pérdida de confianza debido a la falta de diligencia del trabajador al manejar la información proporcionada por el cliente y no cumplir con las directrices establecidas en los manuales operativos de la entidad.

– Derechos del Trabajador:

El demandante argumentó que el empleador no respetó el debido proceso al no brindarle la oportunidad de acceder a las pruebas recabadas en su contra ni ofrecerle un espacio real para controvertir dichas pruebas. Asimismo, señaló que no le dieron detalles específicos sobre los cargos ni le proporcionaron la posibilidad de ser escuchado en condiciones justas.

Decisión del Juez de Primera Instancia

El juez de primera instancia determinó que el despido fue incorrecto, basándose en la falta de garantías mínimas del debido proceso por parte del empleador. Según el juez, el trabajador no tuvo la oportunidad adecuada para defenderse y presentar pruebas en su favor, lo cual vulnera sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa. Debido a estas irregularidades, el juez ordenó el reintegro del trabajador a su puesto de trabajo y el pago de todos los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, así como las prestaciones sociales adeudadas. En esta etapa, el tribunal enfatizó la importancia del derecho del trabajador a ser informado de los cargos de manera clara y a contar con un proceso transparente y justo antes de ser despedido.

Decisión del Tribunal Superior

El Tribunal Superior, al revisar la apelación presentada por la parte demandada, concluyó que el empleador había seguido el reglamento interno del banco al citar al trabajador a una diligencia de descargos. En dicha diligencia, el trabajador fue informado sobre los motivos de su despido y se le permitió dar su versión de los hechos. Sin embargo, el Tribunal también determinó que el proceso disciplinario no había sido completamente transparente, ya que el trabajador no tuvo pleno acceso a todas las pruebas recabadas por el empleador en su contra, lo cual limitó su capacidad de defensa. Por lo tanto, el Tribunal decidió confirmar parcialmente la decisión del juez de primera instancia, manteniendo la condena al empleador por la vulneración del derecho de defensa del trabajador. Esta decisión también incluyó el reconocimiento de los derechos laborales, aunque redujo algunos aspectos de la indemnización impuesta inicialmente.

Análisis de la Sala de Casación Laboral

– Debido Proceso y Derecho de Defensa:

La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia analizó exhaustivamente si el empleador había cumplido con el debido proceso establecido en el reglamento interno del banco. Según la Sala, el empleador si había cumplido con los pasos formales del procedimiento disciplinario, que incluían la citación a descargos y la oportunidad de ser oído. El trabajador fue citado debidamente, tuvo la posibilidad de presentar pruebas en su defensa, y se le notificó de los cargos en su contra, cumpliendo así con las obligaciones formales que establece la normativa.

– Error del Tribunal Inferior:

La Corte consideró que tanto el juez de primera instancia como el Tribunal Superior erraron al interpretar que el despido requería un proceso disciplinario completo y detallado, equiparable a una sanción disciplinaria. La Corte aclaró que el despido por justa causa no constituye una sanción disciplinaria en el sentido estricto de la norma, sino que se trata de una decisión unilateral del empleador que debe estar fundamentada, pero que no necesariamente requiere cumplir con todos los elementos de un proceso disciplinario formal. La Corte destacó que un despido por justa causa puede ser resultado de una pérdida de confianza o de un incumplimiento específico de las funciones del trabajador.

– Análisis de Pruebas:

Durante la revisión de las pruebas aportadas, la Sala determinó que el trabajador había reconocido su incumplimiento en varias oportunidades y que se le había dado la oportunidad de expresar su versión de los hechos. Además, la Corte verificó que el empleador cumplió con el reglamento interno de la entidad en cuanto a la notificación de la diligencia de descargos y a la recolección de pruebas, lo que refuerza la validez del despido. Las pruebas demuestran que el trabajador tuvo acceso a la mayoría de los documentos relevantes y que pudo participar en el proceso disciplinario de manera activa.

Posición de la Corte Suprema sobre el Cumplimiento del Derecho de Defensa

La Corte Suprema de Justicia dejó clara su postura en cuanto a cómo una empresa debe cumplir con el derecho de defensa de los trabajadores en procesos de despido con justa causa. Según la Corte, para garantizar el derecho de defensa, el empleador debe:

1-Citación a Descargos:

Debe realizar una citación formal al trabajador, informándole sobre los motivos de la diligencia y los cargos que se le imputan. Esta citación debe ser clara y precisa, y otorgar suficiente tiempo para que el trabajador se prepare adecuadamente.

2. Oportunidad de Presentar Pruebas:

Se debe otorgar al trabajador la posibilidad de presentar pruebas y argumentos que puedan justificar sus acciones o contradecir las imputaciones que se le hacen. Esto es crucial para que el trabajador pueda ejercer plenamente su derecho a la defensa.

3. Acceso a la Información Relevante:

El trabajador debe tener acceso a todas las pruebas que el empleador utilice en su contra. Esto incluye cualquier documento, reporte o evidencia que sustente las acusaciones, con el fin de que el trabajador pueda refutar o contextualizar dichas pruebas.

4. Notificación de los Resultados:

Después de la diligencia de descargos, el empleador debe notificar formalmente al trabajador sobre la decisión tomada y los motivos de la misma. Esta notificación debe ser detallada y justificar la determinación del despido, garantizando la transparencia del proceso.

La Corte concluyó que estos pasos son fundamentales para cumplir con el debido proceso y el derecho de defensa del trabajador. Cualquier omisión en estos requisitos puede dar lugar a la nulidad del despido y a la obligación del empleador de restituir los derechos vulnerados.

Diferencia en la Terminación entre Empleados de Empresa Privada y del Sector Oficial

La Corte Suprema también destacó la diferencia fundamental entre la terminación de un contrato laboral en el sector privado y la destitución de un empleado en el sector oficial. Estas diferencias se describen a continuación:

– Sector Privado:

En las empresas privadas, la terminación del contrato por justa causa está regida por el Código Sustantivo del Trabajo (CST). El despido en el sector privado, aunque debe cumplir con ciertos requisitos para respetar el derecho de defensa del trabajador, no tiene el carácter de sanción disciplinaria formal, como ocurre en el ámbito público. El empleador tiene la facultad de decidir unilateralmente la terminación del contrato siempre que se justifique con alguna de las causales expresamente establecidas en la ley o en el contrato laboral. Además, el procedimiento puede ser menos rígido que en el sector oficial, siempre y cuando se respete el derecho a ser oído y se justifique el despido.

– Sector Oficial:

En el sector público, la terminación del contrato de trabajo está regulada por normas más estrictas y formales debido a la naturaleza pública del cargo. La destitución de un funcionario público implica un proceso disciplinario que debe cumplir con las garantías del debido proceso, conforme al artículo 29 de la Constitución Política de Colombia. Además, las normas establecen que todo acto administrativo de destitución debe estar debidamente motivado y garantizar el derecho a la defensa y al recurso. A diferencia del sector privado, la destitución suele estar vinculada a faltas graves, mal desempeño, o corrupción, y conlleva consecuencias que pueden ir más allá de la mera terminación del empleo, como la inhabilitación para ocupar cargos públicos.

Estas diferencias reflejan la variabilidad en la protección y obligaciones de los empleadores dependiendo del sector, lo cual se justifica en las responsabilidades y funciones que cada trabajador tiene dentro de su entorno laboral. En el sector oficial, al tratarse de recursos públicos y del interés general, se requiere un escrutinio y una formalidad más rigurosos en los procesos de terminación del vínculo laboral.

Conclusiones de la Sentencia

La Corte concluyó que el tribunal de alzada cometió errores en la valoración de las pruebas y en la interpretación del marco normativo aplicable. En este sentido, la Sala de Casación Laboral decidió casar la sentencia del Tribunal Superior y absolver a la entidad demandada de todas las pretensiones del demandante. Las principales conclusiones de la Corte fueron:

1. Despido con Justa Causa:

Se determinó que el despido con justa causa no debe considerarse una sanción disciplinaria y, por lo tanto, no requiere necesariamente de un procedimiento disciplinario previo, salvo que este haya sido específicamente pactado en el reglamento interno de la empresa o en el contrato individual de trabajo. En este caso, se estableció que el despido obedeció a una pérdida de confianza basada en un incumplimiento grave de las funciones asignadas al trabajador.

2. Cumplimiento del Procedimiento Disciplinario:

La Corte estableció que el empleador había cumplido con los pasos necesarios del procedimiento disciplinario contemplado en el Código Disciplinario de la empresa. Se incluyó la citación a descargos, la notificación al trabajador de los cargos en su contra y la oportunidad de presentar pruebas y defenderse de las acusaciones. En consecuencia, la Corte consideró que el empleador actuó de manera ajustada a derecho.

3. Revocación de la Sentencia:

Finalmente, la Corte decidió casar la sentencia emitida por el Tribunal Superior, revocando la decisión condenatoria y absolviendo al empleador de las pretensiones del demandante. La Sala concluyó que el despido se realizó conforme a la normativa vigente y que no existió una violación de los derechos fundamentales del trabajador, dado que el proceso seguido por el empleador fue suficiente para garantizar la defensa del trabajador.

Recomendaciones

1. Revisión de Reglamentos Internos:

Se recomienda a las empresas revisar y actualizar sus reglamentos internos para especificar claramente los procedimientos a seguir en casos de terminación de contrato, garantizando así la protección de los derechos de los trabajadores y evitando litigios. Los reglamentos deben definir con precisión los casos en los que se debe llevar a cabo un proceso disciplinario completo antes de proceder con el despido.

2-Capacitación de Recursos Humanos:

Se sugiere capacitar al personal de recursos humanos sobre la correcta aplicación de los procedimientos disciplinarios y los requisitos legales para el despido con justa causa. Es esencial que los encargados del área de recursos humanos comprendan cómo llevar a cabo los procesos de descargos, cómo recolectar y documentar las pruebas, y cómo garantizar que el trabajador tenga pleno acceso a su defensa, minimizando así el riesgo de interpretaciones erróneas y disputas laborales.

3-Documentación Clara y Transparente:

Es fundamental documentar claramente cada paso del proceso disciplinario, desde la citación a descargos hasta la resolución final, asegurando que tanto el empleador como el trabajador estén informados de sus derechos y obligaciones. Toda la documentación relacionada con el proceso disciplinario debe ser precisa, estar bien organizada y ser accesible tanto para los empleados como para los auditores, para garantizar la transparencia del proceso.

4. Asesoría Jurídica Preventiva:

Tanto empleadores como empleados deberían contar con asesoría jurídica preventiva para evitar conflictos derivados de malentendidos sobre las obligaciones y derechos en los procesos de terminación de contrato. La asesoría preventiva puede ayudar a las empresas a asegurarse de que sus procesos son consistentes con la normativa vigente y de que se respetan los derechos de todas las partes involucradas. Además, los trabajadores deberían ser informados acerca de sus derechos laborales y las vías legales disponibles para defenderse en caso de despido.

5. Políticas de Comunicación Interna:

Es recomendable implementar políticas de comunicación interna claras que permitan a los empleados estar informados sobre sus derechos, responsabilidades y el alcance de los procesos disciplinarios. Una comunicación clara puede ayudar a reducir malentendidos y prevenir conflictos antes de que escalen a disputas legales. También es útil que los trabajadores sepan que tienen acceso a canales de denuncia o a representantes laborales que puedan asistirles en caso de que consideren que sus derechos están siendo vulnerados.

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