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La defensa en un proceso de simulación
Cuando se busca la defensa del demandado en un proceso de simulación, debe partirse de la defensa de la existencia de un verdadero contrato de compraventa.
En Colombia de acuerdo a nuestra jurisprudencia vigente, los negocios se encuentran dotados de “presunción de seriedad” y no de su simulación, por tal razón el negocio celebrado conserva toda su validez hasta tanto no se demuestre lo contrario en el juicio.
Así mismo La Corte Suprema ha dejado en claro que en ese complicado proceso de desentrañar la verdad escondida tras los velos de la apariencia, todo conduce inicialmente a señalar que aquello que se expresó, corresponde a la realidad.
En principio, entonces, lo exterior coincide con lo interior y de ese supuesto es que debe partir el juez y la defensa en un juicio de simulación absoluta.
La función del Juez en estos procesos consistirá en una labor investigativa atinente a la simulación, en donde algunos argumentos y pruebas buscarán develar la apariencia en el caso del demandante y del lado de defensa los argumentos y pruebas buscarán mantener incólume el negocio acusado de simulado y es en este sentido que se debe asumir la defensa.
Pruebas de la defensa
No está demás recordar que todos los medios probatorios son útiles para la formación del convencimiento del juez.
Sin embargo hay pruebas en las que se debe concentrar principalmente la defensa en un proceso de simulación y estas son:
El pago del precio de venta del bien
Que la relación afectiva o parentesco no hace parte del indicio de una simulación.
La capacidad económica o de pago del comprador.
El uso o continuidad del aprovechamiento del bien por el vendedor.
En lo demás estar atento a los declarantes, su conocimiento directo y la contundencia de sus declaraciones. La incoherencia de los testigos debilita la defensa.
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