Abogados Recurso Extraordinario de Casación Penal en Colombia
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Abogados Recurso Extraordinario de Casación Penal en Colombia

Recurso salvación

El recurso extraordinario de casación es lo que se podría llamar como “recurso salvación”; es algo así como decir que el último cartucho por agotar.

Si nos preguntaran a quienes litigamos en casación, si “debo agotar el recurso extraordinario de casación”, le responderíamos lo siguiente: no tienes que hacerlo, pero si no lo haces, te perderás la última oportunidad que tendrías para obtener tu libertad o rebaja de la pena o multa (casación penal), o tal vez obtener el pago de las prestaciones sociales que superan más de 120 SMLMV (casación laboral) o tal vez obtener la declaración de simulación del contrato de compraventa y recuperar tus bienes inmuebles cuando estos superan los 1000 SMLMV (casación civil).

El hecho es que si no lo agotas, seguramente te arrepentirás el resto de tus días al pensar que pudiste haber ganado. “Nunca vas a ganar la lotería si no arriesgas unos pesos comprando el billete”. así mismo opera en los asuntos de casación como último recurso, extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia.

Obviamente no podemos asegurarte resultados, pero con nosotros puedes obtener nuestra sinceridad, amplia experiencia (más de 20 años) y trabajo serio.

Somos los más interesados en obtener resultados, pues nuestros honorarios los tasamos de manera mixta, es decir, un valor por la representación y un valor adicional en porcentaje como prima de éxito, la cual se paga si se logra el objetivo trazado en el contrato, y es allí donde está el grueso de nuestro trabajo.

Nuestros servicios en casación

Por último te informamos que no solo representamos en asuntos de casación a personas, sino también a empresas y adicionalmente asesoramos y acompañamos abogados en la elaboración y revisión técnica de la casación desde hace más de 16 años, por lo que así el abogado inicialista no tendrá que perder su porcentaje por el cual ha laborado desde el principio del caso.


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Preguntas frecuentes

A continuación y como guía para despejar dudas frecuentes en asuntos de casación penal, te presentamos un pequeño tesauro realizado por nuestro grupo de casación.

PROCEDENCIA

¿Cuándo procede el recurso de casación penal en Colombia?

El recurso como control constitucional y legal procede contra las sentencias proferidas en segunda instancia en los procesos adelantados por delitos, cuando afectan derechos o garantías fundamentales por:

  1. Falta de aplicación, interpretación errónea, o aplicación indebida de una norma del bloque de constitucionalidad, constitucional o legal, llamada a regular el caso.
  2. Desconocimiento del debido proceso por afectación sustancial de su estructura o de la garantía debida a cualquiera de las partes.
  3. El manifiesto desconocimiento de las reglas de producción y apreciación de la prueba sobre la cual se ha fundado la sentencia.
  4. Cuando la casación tenga por objeto únicamente lo referente a la reparación integral decretada en la providencia que resuelva el incidente, deberá tener como fundamento las causales y la cuantía establecidas en las normas que regulan la casación civil.

No procederá la casación cuando el fallo de control automático de la prisión perpetua revisable sea emitido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.

COMPETENCIA

¿Quién conoce del recurso de casación penal?

Conoce la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. Siendo la Honorable Corte Suprema de Justicia el máximo Tribunal de la jurisdicción ordinaria, la Sala de Casación Penal, dentro de la órbita de su competencia que le confiere la Constitución Nacional y la Ley, (Corte Suprema Sala de Casación Penal).

DEFINICIÓN

¿Cómo le llaman a la casación penal?

Le llaman la última esperanza de los condenados.

DUDA

¿Es posible a través del recurso de casación la absolución ante la duda?

Sí. Ver caso: SP4242-2021(54661)

En la SP4242-2021(54661)  la Sala CASA (absuelve y ordena libertad inmediata), al resolver el recurso de casación interpuesto, contra el fallo de 7 de noviembre de 2018 del Tribunal Superior de Medellín, mediante el cual confirma la sentencia proferida el 14 de septiembre de ese año por el Juzgado 10° Penal del Circuito de esa ciudad, que lo condenó como autor de los delitos de homicidio agravado y fabricación, tráfico o porte de armas de fuego, accesorios, partes o municiones agravado.

EXTENSIÓN

¿La sentencia de casación se puede extender a los no recurrentes?

Si. En cuanto les sea favorables.

Artículo 187. Aplicación extensiva. La decisión del recurso de casación se extenderá a los no recurrentes en cuanto les sea favorable.

FALLO ANTICIPADO

¿Puede haber fallo anticipado (sentencia anticipada) en el recurso extraordinario de casación?

Sí.

Por razones de interés general la Corte, en decisión mayoritaria de la Sala, podrá anticipar los turnos para convocar a la audiencia de sustentación y decisión.

Artículo 191. Fallo anticipado. Por razones de interés general la Corte, en decisión mayoritaria de la Sala, podrá anticipar los turnos para convocar a la audiencia de sustentación y decisión.

FINALIDAD

¿Cuál es la finalidad del recurso extraordinario de casación en penal?

La casación es un recurso extraordinario que requiere la demostración de un yerro en la sentencia por parte de quien lo interpone.  fuente

Si se acredita el error grave en la sentencia, esta puede ser anulada y corregida por la Sala de Casación Penal. fuente

El artículo 180 del CPP establece la finalidad así:

“Artículo 180. Finalidad. El recurso pretende la efectividad del derecho material, el    respeto de las garantías de los intervinientes, la reparación de los agravios inferidos a estos, y la unificación de la jurisprudencia.”

FUNCIONES

¿Cuáles son las funciones de la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal?

en sus múltiples funciones, adelanta la investigación y juzgamiento contra los miembros del Congreso; la etapa de juicio contra el Vicefiscal General de la Nación, los Fiscales Delegados ante la Corte y los Tribunales, el Director Nacional de Fiscalías y los Directores Seccionales de Fiscalías; el Procurador General, el Viceprocurador, los Procuradores Judiciales II, los Agentes del Ministerio Público ante la Corte, ante el Consejo de Estado y ante los Tribunales; los Magistrados de Tribunales, de los Consejos Seccionales de la Judicatura, del Tribunal Superior Militar y del Consejo Nacional Electoral; los Ministros del Despacho, el Defensor del Pueblo, los Directores de los Departamentos Administrativos, el Registrador Nacional del Estado Civil, el Contralor General de la República, los Embajadores y Jefe de Misión Diplomática o Consular, los Gobernadores, y los Generales y Almirantes de la Fuerza Pública. (Corte Suprema Sala de Casación Penal).

¿Cuáles son las funciones de la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal en asuntos de casación?

1- Resuelve los recursos extraordinarios de Casación interpuestos contra las sentencias que en segunda instancia conocen las Salas Penales de los Tribunales Superiores del Territorio Nacional.

2- lleva a cabo el trámite y resolución de las acciones de revisión cuando la sentencia o la preclusión ejecutoriada, haya sido proferida en única o segunda instancia por la misma Corporación o por los Tribunales.

3- las acciones de tutela y las impugnaciones de los fallos que en primera instancia dictan las Salas Penales de los Tribunales.

4- conoce en segunda instancia los recursos de apelación contra los autos y sentencias emitidas por los Tribunales en sus Salas Penales y de Justicia y Paz.

5- resuelve las impugnaciones de habeas corpus.

6- emite los correspondientes conceptos en los trámites de extradición.

7- resuelve asuntos de definición de competencia cuando se trate de aforados constitucionales y legales, o de tribunales, o de juzgados de diferentes distritos.

8- los cambios de radicación de procesos de un distrito judicial a otro durante el juzgamiento.

9- y de las solicitudes de execuátur.

INADMISIÓN

¿Cuáles son las razones por las cuales normalmente la Corte inadmite una demanda de casación?

De acuerdo con auto inadmisorio de 2012 39741(17-10-12). debe basarse en tres aspectos o razones esenciales:

Interés. en principio, cuando el actor no tenga interés para acceder al recurso;

Fundamentación. en segundo lugar, cuando se trate de una demanda infundada, es decir que su fundamentación no evidencia una eventual violación de garantías fundamentales;

Finalidad. y, por último, cuando de su inicial estudio se descarte la posibilidad de desarrollar en la sentencia alguno de los fines de la casación.

De acuerdo con auto inadmisorio de 2012 39741(17-10-12). en el plano de la postulación, al casacionista compete enseñar a la Corte:

  1. en qué consistió el error en la valoración de los medios de convicción, es decir, si fue de hecho o de derecho y,
  2. el falso juicio que lo determinó, esto es, si de existencia, identidad, raciocinio, legalidad o convicción.

Jurisprudencia

“Dentro de ese nuevo contexto normativo, ha de aceptarse que la inadmisión de una demanda de casación por parte de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia debe basarse en tres aspectos esenciales: en principio, cuando el actor no tenga interés para acceder al recurso; en segundo lugar, cuando se trate de una demanda infundada, es decir que su fundamentación no evidencia una eventual violación de garantías fundamentales; y, por último, cuando de su inicial estudio se descarte la posibilidad de desarrollar en la sentencia alguno de los fines de la casación.”

Ver Auto inadmisorio 39741(17-10-12).

INTERPOSICIÓN

¿Cuándo se puede interponer el recurso extraordinario de casación penal?

Como en civil o laboral, tiene dos momentos, uno es la interposición ante le Tribunal Superior (memorial) y el otro momento es, la presentación de la demanda de casación (sustentación).

La casación se puede presentar ante el Tribunal dentro de los cinco (5) días siguientes a la última notificación.

Dentro de los treinta (30) días siguientes, se debe presentar la demanda de casación.

LEGITIMACIÓN

¿Quién puede presentar el recurso de casación en penal?

 puede ser presentado por el condenado penalmente en segunda instancia si, efectivamente, tiene legitimación en la causa, es decir, interés para recurrir. fuente

El interés para recurrir se presenta cuando el recurrente sufrió un perjuicio con el yerro de la sentencia, atacó el error en el momento procesal correspondiente o se le vulneraron sus derechos fundamentales[1].

Se requiere de abogado para interponer el recurso de casación. A menos que se trate de un abogado quien podrá interponer la casación directamente a su nombre.

Artículo 182. Legitimación. Están legitimados para recurrir en casación los intervinientes que tengan interés, quienes podrán hacerlo directamente si fueren abogados en ejercicio.


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