En Colombia Las Mascotas No Son EMBARGABLES
La Corte Constitucional de Colombia ha decidido que los animales de compañÃa no pueden ser embargados en procesos judiciales, al incluirlos en la lista de bienes inembargables del artÃculo 594 del Código General del Proceso. Esta decisión fue tomada durante el XIX Conversatorio de la Jurisdicción Constitucional en Manizales, el 25 de septiembre de 2024.


