Corte Suprema da la razón a demandante en Caso de Migración Pensional 🏛️⚖️
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Caso Ganado: Corte Suprema de Justicia reitera Carga de la Prueba en Caso de Migración de Régimen Pensional 🏛️⚖️

Un resumen del fallo SL966-2023 y su impacto en el sistema pensional colombiano.

El pasado mes, la SALA DE CASACIÓN LABORAL de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA de Colombia tomó una decisión que causó un cambio radical en la interpretación de la LEY 100 de 1993 en relación con la CARGA DE LA PRUEBA en casos de migración de régimen pensional.

CONTEXTO DEL CASO 📝

El caso, referenciado como SL966-2023, giraba en torno a una cuestión clave: ¿erró el fallador plural al confirmar la decisión de primer grado que declaró ineficaz el traslado del actor del RSPMPD al RAIS en septiembre de 1999?

La Corte resolvió que no hubo error, imponiendo a la administradora de fondos de pensiones la responsabilidad de demostrar que brindó información adecuada al afiliado que expresó su intención de cambiar de régimen.

IMPORTANCIA DE LA CARGA DE LA PRUEBA ⚖️

La sentencia dictaminó que la carga de la prueba recae sobre las ADMINISTRADORAS DE PENSIONES, quienes poseen acceso a la información técnica y suficiente. Así, la Corte reafirmó que el afiliado es la parte más débil de la relación contractual y está en desventaja probatoria.

En este sentido, la entidad financiera tiene una clara preeminencia frente al afiliado y no puede invertir la carga de la prueba contra la parte débil de la relación contractual, tal como se establece en la Ley 1328/2009.

CONSECUENCIAS DEL FALLO 👨‍⚖️

Este caso estableció un importante precedente sobre el deber de información por parte de las AFP. La Corte concluyó que, desde su fundación, las AFP tenían la obligación de garantizar una afiliación libre y voluntaria, proporcionando información suficiente y transparente que permitiera al afiliado tomar decisiones informadas.

Así, se descartó una violación al principio de SOSTENIBILIDAD FINANCIERA, pues la resolución del caso implica que se retrotraen las cosas al estado en que se encontraban antes del traslado, como si este nunca hubiera ocurrido.

Y LA AFP… ¿GANÓ O PERDIÓ? 😔🏁

Finalmente, el fallo fue desfavorable para la AFP, ya que se le impuso la carga de la prueba y el deber de brindar asesoramiento previo sobre los pros y contras del paso al sistema de ahorro individual. Como resultado, el juez de apelación no incurrió en ningún error jurídico al exigir el cumplimiento de estas obligaciones legales por parte de la AFP.

Normas Aplicadas 📜

En el proceso, se aplicó la Ley 100 de 1993, la cual dispone que los trabajadores tienen la opción de elegir “libre y voluntariamente” el régimen pensional que mejor les convenga. Además, la Ley 795 de 2003 recalca el deber de INFORMACIÓN preexistente de las AFP.

CONSEJO FINAL 💡

En definitiva, este caso pone de relieve la importancia de una INFORMACIÓN TRANSPARENTE y completa. Para los afiliados, es fundamental entender que tienen el derecho a recibir información completa y clara sobre las consecuencias de cambiar de régimen. Para las administradoras de pensiones, es vital cumplir con su deber de proporcionar dicha información, ya que de lo contrario, pueden enfrentarse a sanciones legales.

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