Procedencia del recurso de reposición
El recurso de reposición procede contra los autos interlocutorios, se debe interponer dentro de los dos días siguientes a la notificación del auto, cuando se hiciere por estados, y se decidirá a más tardar tres días después. Si el recurso se interpone en audiencia, debe sustentarse inmediatamente de manera oral y decidirse por el juez en dicha audiencia. El juez decretar un receso de media hora para proferir la decisión del recurso.
· El recurso de reposición no procede contra autos de sustanciación
Contra los autos de sustanciación no se admitirá recurso alguno, pero el Juez podrá modificarlos o revocarlos de oficio, en cualquier estado del proceso.