Last Updated on 16 de marzo de 2026 by Grupo valencia

SL2004-2025: ¿Es válida una conciliación firmada como requisito para continuar trabajando bajo otra modalidad?
Respuesta: No.
Fundamento jurídico: «En ese contexto, se desfiguró el carácter de mecanismo alternativo de resolución del conflicto que identifica la conciliación, para instrumentalizarse como un prerrequisito para la continuidad de los servicios personales y, por tanto, de preservación de la fuente de ingresos del trabajador. De ahí que, en este caso, tal acto jurídico se considera defraudatorio del ordenamiento legal». [Sentencia SL2004-2025, Corte Suprema de Justicia].
Resumen de la sentencia SL2004-2025: En este caso, un trabajador fue inducido a firmar un acta de conciliación ante un inspector de trabajo como condición necesaria para poder ser contratado nuevamente (posiblemente bajo una modalidad que pretendía ocultar la relación laboral anterior). La Corte analizó que cuando la conciliación no busca resolver un conflicto real, sino que se impone para permitir la continuidad del ingreso del trabajador, se está ante un fraude a la ley. Por tanto, la Corte decidió que dicha acta no tiene efectos de cosa juzgada y permitió que el trabajador reclamara sus derechos reales.
Sección para la ciudadanía (Tus derechos): Usted tiene derecho a que sus acuerdos laborales sean libres. Si su jefe lo obliga a firmar un “paz y salvo” o una conciliación ante inspector para poder seguir trabajando (por ejemplo, para pasar de contrato laboral a prestación de servicios), ese documento es nulo. Esta demanda le sirve para reclamar todas sus prestaciones reales si usted fue presionado para firmar bajo la amenaza de no renovar su vinculación.
Preguntas que resuelve la sentencia SL2004-2025:
- ¿Prevalece la firma de una conciliación sobre el principio de primacía de la realidad?
- ¿Constituye abuso del derecho conciliar derechos sobre sumas irrisorias?
- ¿Cuándo se considera que un acta de conciliación es un acto defraudatorio?
Checklist de herramienta jurídica:
- Verifique si el acta de conciliación se firmó el mismo día o días cercanos a una nueva contratación.
- Acredite que la labor continuó siendo la misma a pesar del cambio de papel.
- Demuestre la subordinación técnica y de horario.
A continuación, se resumen los cambios más significativos introducidos por esta normativa:
1. Justicia Digital y TICs
- Se formaliza la justicia digital mediante sedes virtuales, el uso de mensajes de datos y el Plan de Justicia Digital.
- Las notificaciones personales ahora pueden surtirse mediante canales electrónicos (como correo electrónico o WhatsApp), entendiéndose realizadas transcurridos dos días hábiles desde el envío del mensaje.
- Las audiencias se grabarán obligatoriamente en audio y video, y se habilita el uso de la firma digital para funcionarios judiciales.
2. Jurisdicción y Competencia
- Se eleva la competencia de los jueces municipales, quienes conocerán en primera instancia asuntos de hasta 40 SMLMV, duplicando el límite del código anterior.
- Se introduce el reparto nacional de procesos virtuales para asuntos de puro derecho, permitiendo que jueces de cualquier distrito resuelvan procesos sin práctica de pruebas para equilibrar la carga judicial.
- Se elimina el agotamiento de la reclamación administrativa previa como requisito de procedibilidad para demandar a entidades públicas, agilizando el acceso a la justicia.
3. Simplificación y Acceso
- La conciliación laboral deja de ser un requisito de procedibilidad, aunque puede intentarse en cualquier momento del proceso de común acuerdo.
- Se crea el proceso monitorio, una vía rápida y simplificada para reclamar obligaciones exigibles que no excedan los 20 SMLMV, donde incluso puede bastar la declaración juramentada del trabajador si no existen soportes documentales.
4. Régimen Probatorio y Facultades del Juez
- Se incorpora legalmente la carga dinámica de la prueba, permitiendo al juez exigir la evidencia a la parte que tenga mayor facilidad técnica o cercanía física con el material probatorio.
- El juez asume un rol de director humano del proceso, debiendo aplicar enfoques diferenciales (género, etnia, discapacidad) y fórmulas de justicia restaurativa y terapéutica para reparar de manera positiva las relaciones laborales.
5. Recursos e Impugnaciones (Enfoque Casacionista)
- Para los especialistas en casación, la cuantía para recurrir se eleva a 150 SMLMV.
- Se crea una innovación radical: el mecanismo de selección de sentencias. La Corte Suprema podrá elegir casos que no cumplan la cuantía mínima cuando sea necesario para unificar jurisprudencia o proteger derechos fundamentales, otorgando a la casación un carácter más constitucional.
- Se flexibilizan los requisitos de la demanda de casación, pues ya no se exige integrar una “proposición jurídica completa”, bastando con señalar la norma sustancial transgredida.
6. Medidas Cautelares y Ejecución
- Se revoluciona la protección del crédito laboral permitiendo la inscripción de la demanda sobre bienes sujetos a registro desde el inicio del proceso ordinario.
- La ejecución de sentencias podrá solicitarse dentro del mismo expediente (por continuación) sin necesidad de una demanda nueva, siempre que se pida dentro de los 30 días siguientes a la ejecutoria.
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