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“En el recurso de casación el documento declarativo emitido por un tercero no es prueba apta para estructurar el yerro fáctico, su naturaleza es testimonial, su estudio sólo es posible si previamente se demuestra error manifiesto en alguna de las pruebas hábiles.”

Valencia Grajales Abogados Casacionistas en Colombia. 20 años.

Recurso de Casación y Valoración de Pruebas: Un Análisis del Caso “X” vs SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A.

El recurso extraordinario de casación es una herramienta jurídica que permite a las partes en un proceso judicial impugnar una sentencia con la que no están de acuerdo. En este artículo, analizaremos un caso reciente en el que se discutió la valoración de pruebas en el marco de un recurso de casación.

El caso en cuestión fue decidido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia de Colombia, con la Magistrada Ana María Muñoz Segura como ponente. La demandante, interpuso un recurso de casación contra una sentencia emitida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo.

El problema jurídico central en este caso giraba en torno a la valoración de pruebas y la determinación de la dependencia económica de la madre demandante hacia su hijo. Según el artículo 13 de la Ley 797 de 2003, los padres del causante pueden ser beneficiarios de la pensión de sobrevivientes si dependían económicamente de este.

En su análisis, la Sala de Casación Laboral destacó la autonomía del juez de instancia para formar su convencimiento de acuerdo con el artículo 61 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. Esto significa que el juez tiene la facultad de darle mayor valor a ciertas pruebas presentadas en el expediente.

Sin embargo, la Sala también señaló que solo son pruebas calificadas en sede de casación el documento auténtico, la confesión y la inspección judicial. Esto significa que la Sala no puede analizar pruebas que no sean de este tipo en el marco de un recurso de casación.

En este caso, la Sala encontró que varias de las pruebas presentadas por la demandante no eran aptas para estructurar un error de hecho en el marco de un recurso de casación. Entre estas pruebas se encontraban un informe de investigación para pago de prestaciones económicas, un interrogatorio de parte y varios testimonios.

Además, la Sala encontró que la demandante no había demostrado ser propietaria de tres inmuebles, como había afirmado el Tribunal. Sin embargo, este error no fue suficiente para casar la sentencia recurrida, ya que la decisión del Tribunal se basó en otros medios de convicción.

Este caso ilustra la importancia de la valoración de pruebas en el marco de un recurso de casación. También destaca la necesidad de presentar pruebas calificadas para estructurar un error de hecho en este tipo de recursos. En última instancia, la decisión de la Sala de Casación Laboral refuerza la autonomía del juez de instancia para formar su convencimiento y valorar las pruebas presentadas en el expediente.

QUE ES CASACIÓN

La casación es un recurso extraordinario, esto sin más indica que no es un recurso que cualquiera pueda interponer en cualquier proceso judicial y que no en todos los procesos es admisible.

En términos no técnicos, éste es un recurso que procede sólo en casos específicos, que requiere de un abogado con conocimientos específicos en casación, y cuyo objeto es la anulación de la sentencia proferida por el Tribunal, para que en su lugar se profiera una nueva decisión que la reemplace.

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